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Derechos digitales en debate
Las regulaciones y la legislación corren de atrás una carrera contra la tecnología

Derechos digitales en debate


Las regulaciones y la legislación corren de atrás una carrera contra la tecnología. Cada vez se discute más sobre el derecho al olvido en Internet, la propiedad de lo creado online, ya sea texto, arte, IA, así como de la “herencia digital” cuando alguien muere.


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Desde siempre la tecnología avanza a velocidades superiores que las regulaciones. De hecho, al día de hoy están aún en debate los derechos de los usuarios de las redes sociales, las plataformas de streaming y la publicación de información en Internet. El uso de los datos personales que las empresas manejan a partir de comentarios, planillas o transferencias bancarias es inimaginable. Además, los data centers y los servicios de cloud computing logran almacenar millones y millones de contraseñas, reseñas y todo tipo de información que se vuelca en la web.

Por otra parte, los perjuicios por el exceso de consumo de aplicaciones y los efectos sobre la salud mental de niños, niñas y adolescentes es un tema que está sobre la mesa y del que se habla cada vez más. La pregunta clave es: ¿Qué derechos tienen los más desprotegidos ante el uso y abuso de dispositivos? 

Este año el mundo de Internet se sacudió con varias condenas adversas en Estados Unidos para la empresa Meta, propietaria de Facebook, Instagram y Whatsapp. Ante la demanda de padres, este gigante informático recibió una condena por la generación de adicción y daños mentales. Un jurado en Los Ángeles declaró a Meta y YouTube responsables de negligencia por diseñar plataformas adictivas que perjudicaron a menores. En un caso específico, Meta fue considerada responsable del 70% de los daños, mientras que YouTube del 30%.

En tanto, en Nuevo México una corte condenó a Meta a pagar 375 millones de dólares por no proteger a menores y engañar sobre la seguridad de sus plataformas. Los veredictos establecieron que las plataformas web facilitan la adicción juvenil y, en algunos casos, la explotación sexual infantil.

Sin dudas, fue un fuerte golpe para estas empresas tecnológicas, pero, especialmente, esto se convirtió en el inicio o un antecedente de futuras acciones legales en Estados Unidos y, eventualmente, en otros países.

 

Derecho al olvido


Un fuerte debate que se registra en todo el planeta tiene que ver con la información que las plataformas y buscadores almacenan y que es de fácil acceso al tipear, por ejemplo, el nombre o la profesión de una persona. A partir del interés de que esa información no quede guardada es que surgió el llamado derecho al olvido, que es la facultad de solicitar a buscadores y sitios web la eliminación o desindexación de información personal.

Si bien muchos países actualizaron su legislación para viabilizar este tipo de reclamos jurídicos, no todos cuentan con una misma interpretación o procedimientos. Es un claro ejemplo de cómo el Derecho corre de atrás a los avances tecnológicos. 

Se entiende que un importante antecedente en la materia ocurrió en 2016 en un tribunal de la Unión Europea ante el reclamo de un usuario de España llamado Mario Costeja. En este caso, un periódico publicó dos avisos sobre una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas de este ciudadano español. Éste solucionó el embargo y el asunto quedó resuelto, pero 12 años después de producido el hecho descubrió que, al introducir su nombre y apellido en Google, todavía aparecía vinculado a ese caso. Ante esto, recurrió a la Agencia Española de Protección de Datos Personales, la que desestimó el reclamo contra el periódico, pero ordenó a Google la adopción de medidas para retirar los datos de su índice e imposibilitar su acceso futuro por los usuarios.

En Uruguay son varios estudios jurídicos que se dedican a tramitar ante las empresas tecnológicas la eliminación o el retiro de información. El estudio Cervieri Monsuarez es uno de ellos. En un informe elaborado recientemente señalan que “los motores de búsqueda juegan un rol preponderante, ya que constituyen los canales habituales a través de los cuales los internautas buscan cierta información, y a raíz de los resultados obtenidos, pueden acceder a información personal y tomar conocimiento sobre los datos personales de los individuos”.

Agregan que “en algunas ocasiones, esta búsqueda deriva en un acceso a información que es errónea, desactualizada, obsoleta, o que no cumple con ningún tipo de finalidad informativa”.

En ese informe señalan que varias leyes uruguayas que tratan sobre la protección de datos personales y, además, instrumentos internacionales ratificados por el Estado amparan eventuales reclamos ante las empresas tecnológicas. En 2021 se produjo en Uruguay el primer fallo sobre el derecho al olvido en Internet. Una jueza “condenó a Google a desindexar y desvincular de su buscador los datos y la información personal de los demandantes, respecto de las diferentes noticias de prensa publicadas en diversos sitios web, por tratarse de noticias desactualizadas, obsoletas y que no cumplen con ningún tipo de función informativa o periodística”, reseña el estudio jurídico.

Pero el tema aún es debatido. ¿Basta con sólo la voluntad de la persona de solicitar que esa información o posteo desaparezca o se deben probar perjuicios o daños? En todo el mundo aún se debate el asunto. 


Las creaciones


Otro punto álgido de debate tiene que ver con la propiedad y los derechos de propiedad de las creaciones que figuran en Internet, las redes sociales y las aplicaciones. En definitiva, se discute sobre las elaboraciones que se suben o postean, ya sea texto, arte hecho a través de herramientas digitales o piezas compuestas a partir de inteligencia artificial.

En el mundo del Derecho hay un eslogan claro: la propiedad de lo creado en Internet está protegida fundamentalmente por los derechos de autor, los cuales se generan automáticamente en el momento de la creación de una obra original, ya sea un texto, imagen, video o código. Pero no todo es tan sencillo. El asunto es cómo reclamar ese derecho y qué posibilidades reales existen de hacerlo valer.

Si bien hay mecanismos jurídicos para hacer un reclamo, por ejemplo por la reproducción de un contenido sin un consentimiento del creador, no está claro el escenario sobre la propiedad intelectual de una creación hecha a partir de herramientas digitales. ¿Dónde está la nebulosa? Básicamente en la dificultad de rastrear el origen o el punto cero de la reproducción a través de Internet o las aplicaciones. 

“Estamos en una época de transición, donde los marcos regulatorios todavía son incipientes. Los problemas son grandes y las soluciones medianamente satisfactorias nos parece que aún están lejanas”, escribió en un análisis el catedrático uruguayo Marcelo Bauzá.


Herencia digital


Otro concepto que desafía al Derecho tiene que ver con la llamada herencia digital. Se trata del proceso por el que un conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona en formato electrónico -cuentas, redes sociales, criptomonedas, fotos y documentos- se transmiten a herederos tras el fallecimiento. 

Puede Incluir un valor económico producto de activos digitales o la monetización de reproducciones de videos o por el elevado número de seguidores en las redes sociales, que suele ser premiado por las plataformas. 

En Alemania fue muy comentado el caso de unos padres que lograron que la Justicia obligara a Meta a entregar información y las contraseñas de su hija fallecida para poder acceder a sus cuentas de redes sociales. El tribunal equiparó los datos digitales a cartas o diarios personales. Pero aún quedó un tema en el debe: el respeto por la privacidad de las personas que intercambiaron mensajes con la joven. 

Por otra parte, las empresas tecnológicas avanzaron en protocolos para facilitar este tipo de información a familiares de personas que fallecen. Varios países también aprobaron regulaciones sobre esta materia, pero aún queda mucho por legislar sobre activos económicos generados en Internet.

En Uruguay y otros países el tema es motivo de intercambio en la academia especializada y con referentes del área tecnológica. A medida que surgen nuevos activos digitales aparece también la duda sobre cómo lidiar con situaciones de herencia: el acceso a claves, criptomonedas y dominios en Internet, entre otros puntos. 

  

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